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DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República por Autoridad de la Ley CALIFICA FLAGRANTE la aprehensión y de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD contra la imputada ZARA ISABEL GUEDEZ GAMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 22.980.597, de 36 años de edad, comerciante, nacida el 12/01/1970, en Guasdualito Estado Apure, hija de Pablo Guedez (F) y de Rosa Gámez (V), residenciado en Urbanización Virgen del Valle, calle 3 casa N° 03, frente al Tanque el agua, teléfono 0414-3062435 Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del Delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE ILICITO DE QUIMICOS PARA LA ELABORACIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 2 y 3 de la Ley Contra el Trafico.....