El penado: NEOMAR JESÚS ESCALONA ISLAS, antes identificado, fue sentenciado por el Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 21 de Septiembre de 2001, a cumplir la pena de: NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 6, Ordinales 1°, 2° y 3° de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en relación con el Artículo 83 del Código Penal. Fue privado de su libertad en fecha: 22/06/2001, según se aprecia en autos, constatándose que hasta el día de hoy 22/05/2006, ha permanecido en prisión por el lapso de: CUATRO (04) AÑOS Y ONCE (11) MESES (tiempo real cumplido), a esto se le debe sumar el tiempo de la pena redimida en esta decisión de: UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y UN (01) DIA, esto nos da un total de pena cumplida de: SEIS (06) AÑOS, UN (01) MES Y UN (01) DIA. Por lo que el Penado: NEOMAR JESÚS ESCALONA ISLAS, quien es.....