DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos Juan Antonio Castillo Mendoza y Omaira Teresa Rivas Orellana, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Alcaldía del Municipio San Vicente, Distrito Muñoz del estado Apure, hoy Jefatura Civil de la Parroquia San Vicente del Municipio Muñoz del estado Apure, en fecha 27 de abril de 1985, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nro. 2.