En consecuencia, este Tribunal Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por el territorio para conocer de la presente solicitud, en razón, que el fundo "El Tamarindo", se encuentra ubicado en el Sector Capazón, Parroquia Carlos Quevedo, Municipio Francisco Javier Pulgar, Estado Zulia, competencia que le corresponde al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, competente por el territorio para conocer del presente expediente. De conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, reténgase el presente expediente por un lapso de cinco (05) días de Despacho, contados a partir del día siguiente al de hoy, a fin de que las partes tengan la oportunidad de solicitar la regulación de competencia; vencido dicho lapso se ordena el envió del mismo al Tribunal competente.