Visto el libelo de demanda presentado en fecha 18/07/2025, por la ciudadana Carmen Mary Ortega Veiga, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.279.506, actuando con el carácter de presidente y representante legal de la Sociedad Mercantil Agroindustria Turística La Nobleza, C.A., inscrita su acta constitutiva en el Registro Mercantil Segundo de Barinas, en fecha veintinueve (29) de Diciembre de 2020, bajo el número 22, tomo 22-A, número de expediente mercantil 412-30427, identificada con el Registro Único de información Fiscal (RIF) N° J-50075186-9; asistida por el abogado José Joaquín Toro Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.991.668, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.420; en contra de los ciudadanos Yon Carlos Soto Flores, Miguel Emiro Soto, Cruz María Flores Guerra y Rosangela Moreno Valenzuela, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-21.169.782, V-23.026.784, V-23.026.743.....