En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: El ciudadano Jean Carlos Gutiérrez Jara, se compromete en aportar, la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400, oo) Mensuales, por concepto de obligación de manutención, en beneficio de su hija, los cuales serán depositados semanalmente, específicamente el día Lunes, en la Cuenta de Ahorros, perteneciente a la Madre de la niña Ciudadana Yusneidy Alexandra Briceño Camejo, en la Entidad Bancaria "Banco provincial", signada con el Nro. 0108-0596-17-0100064563.
SEGUNDO: Un bono especial por la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00), en el mes de septiembre, para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares de la niña.
TERCERO: Un bono especial por la cantidad d.....