Con respecto a la PATRIA
POTESTAD Y RESPONSABILIDAD DE CRIANZA: Está será cumplida por ambos padres
y en cuanto al REGIMEN DE CONVIVENClA FAMILIAR, amplio será ejercido conforme
han pactado, con especial énfasis en el interés superior de los adolescentes
mencionados. SE DECLARA QUEDA EXTINGUIDO EL VINCULO CONYUGAL. En la
ciudad de Barinas a los ( ´2 ~ ) días del mes de Enero de 2.013. Años 202° de la
Independencia y 153° de la Federación. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de
Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Abg. Yolanda F. Guerrero G y
Secretario (a). En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste la
Secretaria. Siguen firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE, en mi carácter de Secretario (a) del
Circuito de Protección de Niños, Niñas_,y;:Aq.,9.lescentes de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO: que el anterior traslado- ´<:~-@¡"´~~fiel y exacta de su original, cursante a los
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folios del Ex.....