D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: Primero: SIN LUGAR el Recurso de Apelación con Efecto Suspensivo interpuesto por el Abogado Luis Guilarte. en su condición de Fiscal Auxiliar Interino de la Sala De Flagrancia del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 27 de Enero de 2.016, por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial de libertad, de conformidad al articulo 242 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, CONSISTENTE EN PRESENTACIONES A CADA QUINCE DIAS por ante la UVIC de este circuito judicial penal, a los imputados Ramón Orlando Yanes Hernández, Luis Eduardo Yanes Hernández y Luis Bolívar Valera Martínez, por la presunta comisión del delito .....