en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO solicitada por el cónyuge JUAN UBALDO GARCIA CARDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.791.764, quedando en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los unía desde la fecha 21/01/2.006, según Acta N° 01, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Mantecal del Municipio Muñoz del Estado Apure, y conforme el artículo 375 LOPNA HOMOLOGA los términos de arreglo en cuanto al cumplimiento del deber de manutención, de Responsabilidad de Crianza, de custodia y de Régimen de Convivencia familiar de los niños habidas en el matrimonio dejando por sentado que las cantidades acordadas estarán sujetas a aumentos automáticos consecutivos que se verificarán en la misma oportunidad e índice en que se aumenten los salarios mínimos decretados por el Ejecutivo Nacional, Regional y/o Municipal según se.....