Se acuerda Obligación Alimentaria Provisional Prudencial durante el transcurso del presente juicio por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,00) mensuales, a partir del presente mes y los adicionales de los meses de Septiembre y Diciembre la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) mensuales. Ofíciese al ente empleador a los fines de que realice retención Prudencial Provisional hasta por doce (12) mensualidades alimenticias y los adicionales de Septiembre y Diciembre acordados, por un monto total de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.600.000,00), así como también solicítese información a dicho ente de los ingresos, deducciones mensuales, cargo, antigüedad, monto recibido por concepto de cesta ticket percibido por el ciudadano OLIVER PETER MAYORA VALENTINI, titular de la cédula de identidad personal Nº.V.-13.043.904 y de cualquier otro beneficio mensual percibido. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público de éste Estado. Líbrese el ofic.....