Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley le otorga la LIBERTAD CONDICIONAL, como MEDIDA HUMANITARIA, al penado ISILIO PONCIANO ESPINEL, quién es venezolano, mayor de edad y Titular de la Cédula de Identidad Nro3. 131. 976 en base a lo establecido en el artículo 503 del Código Orgánico Procesal Penal.