DISPOSITIVA
En consecuencia y por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al ciudadano LEON TRIFON CHACON LISARAZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.494.861, soltero, natural de Abejales Estado Táchira, Técnico Electrónico, fecha de nacimiento 15-09-1970, residenciado en el Barrio San Juan, calle Caracas diagonal al depósito La Regional, Barinas Estado Barinas, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y OCHO (08) MESES DE PRISION mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en perjuicio de la menor (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON.....