D E C I S I Ó N
Por las motivaciones, razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Decreta la Continuación de Ejecución de la Sentencia Dictada en este Procedimiento, contenidos en los autos a que se ha hecho mención en el cuerpo de la misma y consecuencialmente, la nulidad de todo lo actuado con posterioridad al auto de fecha 21 de abril de 2003, con inclusión del mismo.-
SEGUNDO: Notifíquese a las partes en sus domicilios procesales, mediante boleta de notificación librada por este tribunal y dejada por el alguacil en los referidos domicilio.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, expídanse las copias de ley.
Dada firmada y sellada en la Sala de .....