Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA la competencia para conocer de la presente solicitud, fundamentada en el artículo 637 del Código Civil, presentada por la ciudadana JOSEFINA ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V ¿ 1.555.579, en el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial Estado Barinas, a quien se ordena remitir mediante oficio el presente expediente