en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante el Registro Civil de la parroquia Barinas, municipio Barinas del estado Barinas, según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio Nº 179, expedida por la referida oficina de Registro Civil, en fecha 06-06-2023, cursante en los folios tres (03) y cuatro (04) con su respectivo vuelto del presente expediente.
Siendo esta una Sentencia fundamentada en el Criterio Jurisprudencial antes citado; visto que la misma es de mero derecho y no contenciosa y por cuanto no opera medio recursivo alguno, ni ordinario ni extraordinario se DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME.
Remítase mediante oficio, copia certificada del presente fallo, a la Oficina de Registro Civil de la parroquia Barinas, municipio Barinas del estado Barinas, conforme a lo dispuesto en los artículos 3 numeral 2º y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Se acuerda expedir copias certificadas de la presente decisión a la parte interesada, de .....