En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos JUAN JOSÉ GUEVARA ALVARADO venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nro. V- 25.798.848, domiciliado en la Urbanización Cinqueña 2, Vereda 24, casa Nº 02 Barinas estado Barinas Y GALA BEATRIZ OROZCO CHACON, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula Nº V-19.613.737 en su orden, domiciliada en el Sector la Juventud, final de la Calle 6, casa s/n, Parroquia Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y la Sentencia Nº 693, exp Nº 12-1163, de fecha 02 de junio de 2015, dictada por el Tribunal Supremo, en Sala Co.....