En virtud de los fundamentos antes señalados, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano YVAN ENRIQUE SAYAGO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.257.658, domiciliado en la Urbanización Terrazas de Santo Domingo, sector II, calle 09, casa 398, parroquia Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas, número de teléfono: 0426-6173059, correo electrónico yvansayago@gmail.com, debidamente asistido por la abogada en ejercicio IVANNA CAROLINA VILLAMARIN SOLIS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 163.092, de este domicilio, número de teléfono: 0412-8514140, correo electrónico ivannavillamarin@gmail.com; de confor.....