Se Declaro: Primero: SIN Lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Maricelly Rojas Alvaray en su condición de Defensora Privada, en contra de la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 05 de Octubre de 2016, por el Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó a los acusados Pedro Felipe Graterol Benítez, Leomar Alejandro Rondon Terán, Eduar Ramón Albarran Mejias y Nelson Rene Briceño Padilla, a cumplir la pena de Veintitrés (23) años de prisión, por la presunta comisión de los delitos de Secuestro previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, con el agravante del 29 ordinal 9 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y Asociación previsto en el articulo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo en concordancia con el artículo 5 de la Convención de Palermo, cometido en perjuicio de Antonio Cenanmo Nicoletti. .....