DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas: Revoca el beneficio de Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad a lo previsto en el artículo 46 ordinal 1° y 553 del Código Orgánico Procesal Penal, otorgado en fecha 07/12/99, y reanuda el proceso, y condena al ACUSADO: JOSE ADONAY JEREZ RIVAS, no porta cédula de identidad, dice ser portador del numero de identidad 9984238, de 41 años de edad, nacido el 23/01/63, en Barinitas Estado Barinas, obrero, hijo de María Justiniana Rivas (V) y de Lucio Antonio Jerez González (D), residenciado en Calle Bolívar, al lado del Reten de Menores, Barinas Estado Barinas; a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Ciudadana Yleana Daniela Serrano. Se condena a las penas accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal.
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