Analizados los supuestos de procedencia anteriormente expuestos, observa esta Superioridad, que la decisión recurrida ante esta instancia por medio del recurso de casación ya analizado, cumple con todos los requisitos de procedencia, por lo que, debe este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, declarar: ADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado el día ocho (08) de julio de 2024, por el abogado Marco Aurelio Gómez Montilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.715.337, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.995, actuando en carácter de apoderado Judicial de la ciudadana Mirian del Carmen Chacón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.263.823, parte demandante apelante en la presente causa, contra la sentencia dictada por este Tribunal Superior, en fecha veinte (20) de junio de 2024. (ASÍ SE DECIDE).