En consecuencia, y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declara bastante y suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana Elvia Teresa Garrido Sánchez, ya identificada, sobre unas mejoras y bienhechurías enclavadas sobre un lote de terreno perteneciente a los Ejidos Municipales, ubicado en el sector Centro, avenida Bolívar, entre calle Plaza en la Parroquia Arismendi del Municipio Arismendi del Estado Barinas, el cual tiene una medida de quince metros con sesenta centímetros (15,60 mts) de frente y quince metros con ochenta centímetros (15,80 mts) de fondo, con una superficie de doscientos cuarenta y seis metros cuadrados con cuarenta y ocho centímetros (246,48 mts2), con los siguientes linderos: norte: calle Plaza, sur: Comandancia de Policía, este: galpón comercial Arnaldo Laviery, y oeste: avenida Bolívar, consistentes en un (01) local comercial, construido con paredes de bloque, p.....