este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: se declara CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ROSA ELENA LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.947.778, por medio de sus apoderados judiciales Abogados JAIRO JOSÉ ARANGUREN PIÑUELA y MARBELLA JOSEFINA NAVAS CORONIL, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.937.984 y V-7.210.653 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 46.850 y 93.143, respectivamente, contra la FARMACIA DE LA POLICÍA (FARMAPOL).
SEGUNDO: Se le ordena a la FARMACIA DE LA POLICÍA (FARMAPOL) dar inmediato cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 359-08 dictada en fecha 17 de noviembre de 2008 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas, en todas y cada una de sus par.....