Por tales razones antes expuestas, este Tribunal de de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Niega el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva solicitada por el defensor Alexis Moreno en beneficio de sus defendidos JOSÉ ALBERTO PÉREZ VARGAS, venezolano, mayor de edad, de 28 años de edad, nacido en fecha 26-10-76, titular de la cédula de identidad N° V-13.353.232, natural en Acarigua del Estado Portuguesa, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio Mijagua II, final de la Calle Bolívar, casa s/n de la ciudad de Barinas del Estado Barinas, hijo Alberto Pérez y Nancy Adela Pérez y CESAR IVAN OCANDO, venezolano, mayor de edad, de 23 años de edad, natural de Guanare del Estado Portuguesa, de profesión albañil, titular de la cédula de identidad número V-15.213.563, hijo de Loida Ocando y que no tiene papá, domiciliado en.....