DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Unipersonal Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, al ACUSADO: JHONNY ANTONIO GARCIA QUEVEDO; por un régimen de UN (01) AÑO, por la comisión del delito Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, Previsto y sancionado en el Artículo 472, segundo aparte del Código Penal reformado, en concordancia 43 y 58 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio deL Medio Ambiente. Y como Oferta de reparación del daño causado, se pondrán de prestar labor comunitaria a favor del Estado Venezolano es por ello que quedan deberá prestar servicio durante cuatro horas quincenales en el Área Administrativa N° 2 del Ministerio del Ambiente, para prestar servicio de manera gratuita a, tomando en cuenta las necesidades existentes en el medio ambiente; garant.....