DISPOSITIVA
En consecuencia, por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente y en uso de sus amplias facultades que le confiere los artículos 520 y 677 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION que formulara la ciudadana: NAYELIZ MENDOZA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-20.520.691, domiciliada en la calle 16 entre carreras 7 y 8, de Santa Bárbara Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas; en contra del ciudadano: EDGAR RAMON BRITO QUIJADA, venezolano, mayor de edad, titular.....