En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace el siguiente pronunciamiento: Primero: Se acuerda la Libertad Plena de los ciudadanos LUIS ENRIQUE URBANEJA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 13.212.626, de 31 años de edad, fecha de nacimiento 30-12-1974, natural de Jordan Estado Táchira, estado civil casado, ocupación albañil, residenciado en Rosa Inés, calle 12, casa No 06 detrás de la Bodega Don Ramón, Barinas Estado Barinas y ANA MARIA ALVIAREZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 10.152.182, de 38 años de edad, fecha de nacimiento 28-08-1967, natural de san Cristóbal Estado Táchira, estado civil divorciada, ocupación oficios del hogar, residenciada en Rosa Ines, calle 12, casa No 06 detrás de la Bodega Don Ramón Barinas Estado Barinas, .....