el Tribunal ADMITE cuanto ha lugar en derecho y ordena darle el curso de ley correspondiente. De conformidad con lo establecido en el Artículo 200 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, emplácese a la COOPERATIVA ASESOAGRO 5410 RL, en la persona de su presidente o representante legal ciudadano OSCAR ERNESTO MESA RUBIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.365.112, domiciliada en la Finca El Rancho Fundación La Chinata o el Hatolladero y el Platanal, Sector Pajarote Sanjon de Antonio, Municipio Obispos Parroquia El Real del Estado Barinas, para que proceda a contestar al fondo la demanda de ACCIÓN POSESORIA DE RESTITUCION. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el Tribunal admite las pruebas documentales promovidas junto con el libelo de demanda en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la definitiva. De igual manera se admiten las testimoniales promovidas y su evacu.....