PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano MARCO ANTONIO ROA VASQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.501.910, actuando en nombre y representación del "CONSEJO DE CAMPESINOS Y CAMPESINAS, PRODUCTORES Y PRODUCTORAS "DE REGRESO AL LLANO",debidamente protocolizada por ante la Oficina del Registro Público Funciones notariales de los Municipios obispos y Cruz Paredes del Estado Barinas, de fecha 20 de Octubre del año 2014 anotado bajo el Nº 43, folio 545 al 551, protocolo primero, tomo primero (1º),debidamente asistidos por el abogado ROBERTO JOSE PABON, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 10.031.383, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 74.567, teléfono móvil celular Nº 0424-5227310, con domicilio procesal Centro Comercial La Redoma, Planta Alta, Oficina Nº 5, Barinas Estado Barinas, en contra de los ciudadanos MARIANA FEBRES VILLALB.....