Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la tacha incidental de falsedad, formalizada por la abogada en ejercicio Lisbeth María Rondón Valero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 153.751, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte co-demandada, ciudadana María Rosalía Valero Berríos, contra la certificación realizada por el abogado Andrés Arturo Montilla Sánchez, en su carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Barinas, en fecha: 10 de febrero de 2.012, del instrumento denominado "AUTORIZACIÓN CONTRATO DE OBRA", que cursa al folio ciento veintiséis (126) del expediente.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, SE DESECHA DEL PROCESO, el instrumento tachado de fa.....