PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Medida Autónoma de Protección a la Producción Agropecuaria.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCION A LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, interpuesta el 13 de Noviembre de 2013, a favor de los ciudadanos JESUS RAMON CONTRERAS RAMÍREZ Y JUNIOR DE JESUS CONTRERAS RANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros V-9.181.158 y 17.725.771, , domiciliados en la finca el silencio Caserío Mata de León, Parroquia Ciudad Bolivia Municipio Pedraza del Estado Barinas, asistido por el abogado JHON WILMER CONTRERAS, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N V 9.337.367, debidamente inscrito bajo el inpreabogado N 44. 282, en su carácter de presuntos poseedores del predio rústico denominado "El Silencio" con una extensión aproximada de doscientos cincuenta hectáreas (250 has), con los siguientes linderos particulares: Norte: Fundo la Lomita que es o fue .....