Por todo lo antes expuesto de hecho y de Derecho, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO: DECRRETA, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano LUIS ELIAS MUÑOZ PARRA, de nacionalidad venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de Lilia Margarita Parra y de Ramón Muñoz, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.380.010, y residenciado en el sector Sierra Maestra, Avenida 18 con calle 6, casa s/n, detrás de la casa de Los Tabares, Maracaibo, Estado Zulia, a quien el Fiscal del Ministerio Público le atribuye la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 408 ordinal 1º del Código Penal Venezolano, vig.....