En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de separación de cuerpos y bienes, posteriormente conversión en Divorcio, presentada por los ciudadanos: DANIEL JOSE VELA Y MAIRYM BERNADET JAZZAN IZARRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidades Nros. V-13.883.883 y V-17.767.351, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio, MAURY ORTEGANA REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 89.102; en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del matrimonio civil celebrado por ante.....