SE DECLARA: PRIMERO: Se anula de oficio la sentencia condenatoria dictada en contra del ciudadano acusado Marco Antonio Jiménez Zambrano, por el Tribunal Itinerante de Juicio Nº 3 de este Circuito Judicial Penal en fecha dieciséis de mayo de dos mil dieciséis (16-05-2016), y fundamentada en fecha veintiséis de agosto de dos mil dieciséis (26/08/2016), por la comisión del delito de Perturbación de Posesión Pacifica, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, de conformidad con los artículos 174, 175 y 179 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal, por haber sido dictada en contravención a lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 22 y 346 del texto adjetivo penal.
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SEGUNDO: Como consecuencia de la nulidad decretada, se repone el presente caso penal hasta el estado en que se proceda de manera inmediata a la celebración de un nuevo juicio oral, ordenándose el conoc.....