DISPOSITIVA
En consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSiÓN EN DIVORCIQ solicitada
por los ciudadanos JULIO ADOLFO ALVAREZ TORO y MARITZA COROMOTO PINEDA
CARRASCa, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-
13.682.360; V-14.204.585, respectivamente, QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO
MATRIMONIAL. que los unía, según Acta N° 71 de fecha 30/07/2004, contraído por ante la
Prefectura del Municipio Barinas Estado Barinas.
Conforme el artículo 375 LOPNNA HOMOLOGA, los términos de arreglo en cuanto al
cumplimiento del deber de manutención, de custodia y régimen de convivencia familiar de las
hijas habido en el matrimonio dejando por sentado que las cantidades acordadas estarán
sujetas a aumentos automáticos consecutivos que se verificarán en la misma oportunid.....