Este
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION, de
conformidad con el artículo 517 LOPNNA, EN NOMBRE DE LA REPUBLlCA DE
VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY considera dichos testimoniales y recaudos
bastantes y suficientes por lo que en consecuencia DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS, del difunto JOSE LUIS MARENCO CAMERO, quien era venezolano, mayor
de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-4.930.239, a sus hijos JOSE LUIS
MARENCO MENA, YURIMAR VANESSA MARENCO MENA, REYES OSCAR MARENCO
MENA, SUHELEN CAROLINA MARENCO LUCENA, CARLOS LUIS MARENCO
BARRERA, mayores de edad, y la adolescente (SE OMITE), de 16 años de edad. DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE
TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el
libro respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de
Primera Instancia de Sustanciación y Mediación Abog. Yolanda F. Guerrero y de la
Secretaria. En la m.....