en consecuencia DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS, del difunto EDINSON NEIL PEREZ REMOLlNA, C,1. V,-12.462,125 a sus
hijas SE OMITENde 13,11 y
10 años de edad, respectivamente, y a su esposa RUTHMERY BLANCO SIERRA,
venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17, 170,542, DEJANDO A
SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS, Devuélvanse original con sus
resultas al solicitante, Anótese su salida en el libro respectivo, Diarícese y Cúmplase,
Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación y
Mediación Abog, Yolanda F, Guerrero y de la Secretaria, En la misma fecha se libraron las
copias certificadas de Ley, Conste: La secretaria, QUIEN SUSCRIBE La Secretaria del
Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial,
CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio
__ del Expediente MD11-J-2011-000935, certificación que se hace de confo.....