en consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del
difunto SIMÓN ACOFO UZCATEGUI MONSALVE, C.1. V-4.379.820 a su
MERCEDES OSOSRIO DE UZCATEGUI esposa e hijos SE OMITEN , los dos primeros niños y los tres últimos adolescentes,
de 05 meses de nacido, 05, 11, 14 Y 17 años de edad respectivamente.
DEJANDOSE A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Y Así SE
DECIDE. Devuélvanse original con sus resultas a los solicitantes. Anótese su
salida en los libros respectivos. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de
la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación Abog.
Yolanda F. Guerrero y de la Secretaria. En la misma fecha se libraron las copias
. certificadas de Ley. Conste: la secretara. QUIEN SUSCRIBE la Secretaria del
Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta CJ.r,G,unsoripción
Judicial, CERTIFICO. que el anterior traslado es copia.~iel y ex~~~!.~~~,\~riginal,
Cursante al Expediente MD11-J-2012-001094, certit CIO .....