DISPOSITIVA
En consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSiÓN EN
DIVORCIO solicitada por los ciudadanos RAFAEL COROMOTO LARA IBARRA Y
EDIMAR ROJAS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de
identidad N° V-12.239.368; V-11.715.354, respectivamente, QUEDANDO DISUELTO EL
VINCLJIO MATRIMONIAL aue los unía seaúo ct ° 119 de fecha 17/05/2002.
contraído por ante la Prefectura de la Parroquia El Carmen del Municipio Barinas Estado
Barinas.
Conforme el artículo 375 LOPNNA HOMOLOGA, los términos de arreglo en
cuanto al cumplimiento del deber de manutención, de custodia y régimen de convivencia
familiar del hijo habido en el matrimonio dejando por sentado que las cantidades
acordadas estarán sujetas a aumentos automáticos consecutivos que se verificarán en la
misma oportunidad e.....