en consecuencia
DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto LlNDOlFO DEL
VAllE RIVERO POlANCO, C.I. V-10.559.882 a los niños SE OMITEN de 11, 09 Y 06 años de edad, respectivamente DEJANDOSE A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE
TERCEROS, por está vía de Jurisdicción voluntaria toda vez que la ciudadana KA TTI
MARIBEl BRIZUElA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédulas de
Identidad N° V-15.812.876, debe a los fines del debido proceso y derecho al
contradictorio de los Herederos legítimos del difunto LlNDOlFO DEL VAllE RIVERO
POlANCO, incoar en forma autónoma acción Judicial Contenciosa para que le sean
reconocidos los derechos que se aduce como concubina, Y Así SE DECIDE en
razón de lo cual se DEJAN A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse original con sus resultas a los solicitantes. Anótese su salida en los
libros respectivos. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles del Juez Primero de
Primera Instancia de Sustanciación y Mediación Abo.....