Del análisis de las expresiones supra trascritas esta instancia agraria observa que el peticionante incurre en oscuridad en su pretensión ya que no acompaña con su pretensión todos los requisitos necesarios para la admisibilidad del presente asunto, debido a que en las pretensiones de partición de bienes por sucesión son documentos fundamentales de la demanda, los siguientes: i) el acta de defunción del causante, ii) las actas de registro civil que comprueben los correspondientes vínculos de familia del de cujus y sus herederos, si se trata de sucesión intestada, o iii) el testamento dejado por la persona fallecida, si fuere el caso de la sucesión testamentaria. (Cfr. Sentencia Nº RC 000455, Exp. 13-776, de fecha 22/07/2014, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia), y al constatarse de autos que no consta la consignación de todos es motivo por el que se materializa la oscuridad de la pretensión supra identificada. Así se decide.
En este sentido, corroboradas l.....