JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 26 de Enero de 2010.
199° y 150°
Visto el anterior libelo de demanda y los recaudos acompañados presentados por el abogado en ejercicio: MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.267, en su carácter de Apoderado Judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., tal y como se evidencia mediante poder que otorgado en la Notaria Trigésima Novena del Municipio Libertador en fecha 14-08-02, por medio del cual demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA MOBILIARIA Y PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE POSESIÓN, al ciudadano ALBARINO ROSALES RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.236.450, y por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho y se ordena darle el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, de conformidad con el Art.....