PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que se despliega sobre el predio denominado "CAMPO HERMOSO", ubicado en el Sector Vegas de Quiu, Parroquia Pedro Briceño Méndez, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, con una extensión aproximada de CIENTO CUARENTA Y NUEVE HECTÁREAS (149) alinderado de la siguiente manera: NORTE: con Heriberto Pérez, Rosa Pérez y Miguel Pérez, SUR: con terrenos ocupado Ramón Pernia y Ernesto Díaz; ESTE: Río Quiu; OESTE: Ramón Pernia, por parte de los ciudadanos MANOLO PÉREZ ZAMBRANO Y SILVIO PÉREZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.366.485 y V-9.366.486, respectivamente, actuando en su nombre propio y en representación de los ciudadanos BERNABÉ PÉREZ, LUZ MILDRE PÉREZ ZAMBRANO, GLADIS PÉREZ DE CONTRERAS Y MAGALLYS PÉREZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad .....