DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA
CONVERSiÓN EN DIVORCIO solicitada por los cónyuges JOSÉ RAFAEL CAMACHO
TORO y MARTHA JOSEFINA RIATEGUI VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad,
titulares de las cédulas de identidad N° V-11.710.874 y V-13.063.691, respectivamente,
QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los unía, según Acta N° 199 de
fecha 29/12/2007 contraído por ante el Presidente de la Junta Parroquial Rómulo Betancourt
del Municipio Barinas del Estado Barinas.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 369 Y 375 LOPNNA, SE
REAJUSTA LA OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN MENSUAL, en la cantidad de
SEISCIENTOS BOLlVARES (Bs. 600,00) mensuales y adicional .....