este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA
INSTANCIA DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCION IMPARTE
HOMOlOGACION AL PRESENTE ACUERDO, por redundar en beneficio del interés
superior de la niña se omite, de 05 años de edad ..
Por lo que SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse
las copias certificadas de Ley de la presente homologación. Devuélvanse los originales
consignados a autos previa su certificación. por la coordinación de secretarias, luego de
lo cual remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial
de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese
nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe la secretaria del Tribunal Segundo de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior
traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios U´¡- del
E.....