en consecuencia DECLARA
UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus ENZO DAVID CAMACHO ALTUVE,
C.I. V.-15.537.442, a su esposa, ciudadana YIRA ZUDELBA CONTRERAS VALERO, C.1. N°
V.-14.712.947, ya sus hijos se omitede 07 y 04 años de edad, respectivamente; DEJANDO A SALVO EVENTUALES
DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese
su salida en el libro respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza
Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abog Dayana Vivas
y de la Secretaria. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: La
secretaria. QUIEN SUSCRIBE La Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia
fiel y exacta de su original, Cursante al follo __ del Expediente MD11-J-2013-000073,
certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de .....