Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: SE AMPLÍA el régimen de prueba de LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por el lapso de SEIS (06) MESES a favor del acusado DAVID JOSE AVILA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 19.881.872, de 28 años de edad, nacido el 22/01/1988, natural de Barinas, de ocupación comerciante, hijo de Dollys Ávila (V), manifestó no saber del papá, residenciado en Urbanización Negro Primero, calle 6, casa N° 4-172, teléfono 0414-5110378, Barinas Estado Barinas; por la comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 40, 41 Y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a u.....