En consecuencia, por lo anteriormente señalado este Tribunal en Funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Se REVOCA la medida cautelar sustitutiva acordada en su oportunidad a favor del ciudadano: JOSE LUIS CARDENAS BERRO, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 21.167.661, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 29-06-1991, de estado civil soltero, de profesión indefinida, domiciliado en el Sector Mijagua a 2 cuadras de la Plaza Bolívar, casa Nº 2-9, Ciudad Bolivia Pedraza estado Barinas, SEGUNDO: Se ACUERDA LIBRAR ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano: JOSE LUIS CARDENAS BERRO, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 21.167.661, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 29-06-199.....