Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos; En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 102, correspondiente 16-08 de 1950, folio 29, Tomo I, inserta en el libro de Registro Civil de Nacimientos, llevado por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa Municipio Rojas del Estado Barinas, en cuanto a que se incluya el nombre y apellido de la madre del solicitante ANA JOSEFA PACHECO ROJAS. En consecuencia, donde se lee: "...hijo natural suyo...", debe decir"...hijo natural suyo y de ANA JOSEFA PACHECO ROJAS, venezolana, de 22 años de edad, con cedula de identidad 1.989.398, dedicada a alas ocupaciones propias del hogar y del mismo domicilio", ASÍ SE.....