En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos, YARIMAR ELENA BALTA MARQUEZ Y ROBERTO ANTONIO NIEVES COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V-20.238.611 y V-19.071.040, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante El Registro Civil, Municipio Barinas, Estado Barinas, en fecha 21/12/2011, acta Nº 1526, original certificada, folio 03. ASI SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial de.....