PRIMERO: Declara la Perención de la Instancia en la presente causa, y por ende, se extingue el procedimiento. SEGUNDO: Notifíquese al solicitante, NAUDY JOSE MUJICA SIERRALTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.541.811, civilmente hábil, domiciliado en la población la Caramuca, barrio la manga, calle (04), cruce con carrera (10), signada con Nº10-40 de la Parroquia Manuel Palacio Fajardo, Estado Barinas, debidamente representado por el abogado en ejercicio LARRY COROMOTO SALCEDO LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.072.462, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 262.272, domiciliado en la urbanización Santa Rita, avenida Antonio José de Sucre con calle cinco de julio, casa Nº 13, Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Barinas, Estado Barinas, mediante boleta fijadas en la sede de este Tribunal, de conformidad con lo previsto en la parte final del artículo 174 del Código de Procedimiento C.....